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CAPITULO 2

LA HISTORIA DE LA IMPUNIDAD

ARGENTINA (1976 / 1989):
DESDE LAS ACTAS DEL PROCESO
A LOS INDULTOS DE MENEN...

STELLA MARIS AGEITOS




CAPITULO II

LA DOCTRINA DE LA SEGURIDAD NACIONAL

" En los últimos años se afianza en nuestro continente la llamada Doctrina de la Seguridad Nacional, que es de hecho más una ideología que una doctrina. Está vinculada a un determinado modelo económico político, de características elitistas y verticalistas que suprime toda participación amplia del pueblo de las decisiones políticas. Pretende incluso, justificarse en ciertos países de América Latina como doctrina defensora de la civilización occidental y cristiana. Desarrolla un sistema represivo, en concordancia con su concepto de guerra permanente. En algunos casos, expresa una clara intencionalidad de protagonismo político ....".

DOCUMENTO DE PUEBLA
(TERCERA CONFERENCIA GENERAL DEL EPISCOPADO LATINOAMERICANO:
Reflexiones sobre la violencia política,
México- 1979, Número 527 ).



1- La existencia de miles de personas secuestradas desaparecidas en la Argentina es la consecuencia mas grave de lo que significó la última dictadura militar.

Por su gravedad dejó de ser un problema privado y se convirtió en un problema público y político.

La situación dejo de reducirse a una mera situación judicial que enfrenta a familiares afectados con militares o personal de seguridad como imputados, procesados y/o condenados.

Si la existencia de personas secuestradas desaparecidas se origina en una política desde el Estado - lo que llamamos Terrorismo de Estado- sus consecuencias no solo afectan a las víctimas y a sus familiares y amigos; sino que afectan al conjunto de la sociedad y requiere, en consecuencia, una respuesta y una elaboración social, pública y política.

Las sociedades que no son capaces de enfrentar y hacer justicia a los responsables de las tragedias que han padecido, suelen reeditarlas. Así lo manifestó la COMISION DE MADRES Y FAMILIARES DE LOS DETENIDOS-DESAPARECIDOS ALEMANES EN LA ARGENTINA al Sr. Presidente de la República Alemana, Dr. Richard Von Weizcäcker, en su visita al país en el mes de mayo de 1987, cuando le manifestaron: " Señor presidente, algunas madres y familiares de este grupo sufrieron la desaparición de sus seres queridos durante el régimen nazi en Alemania, muchos años después volvierona perder a sus seres queridos en laArgentina ...ATERRA LA REPETICION. "

En general, se hace referencia a la Desaparición Forzada de Personas como " excesos ".

Este término incorporado por la dictadura militar cuando sus crímenes dejaron de ser silenciados busca introducir una diferenciación entre el accionar del Estado autoritario y sus instituciones militares, de las violaciones a los Derechos Humanos.

"Hábilmente ", dirá el Dr. Julio C. Raffo, en su artículo "Al pan, pan y al vino, vino " ( publicado en el Diario de Río Negro con fecha 18-09-78 ), "... entre las manifestaciones mas llamativas de esta actitud esta la que se persigue en la desnaturalización del uso de las palabras: como si se pudiera transformar la sustancia de los hechos acerca de los cuales se habla, mediante el procedimiento de usar palabras altisonantes solemnes o rebuscadas ....Así, a graves delitos como el secuestro, la tortura o el homicidios se los denominó excesos......"

"En el sentido común y en el sentido técnico del Derecho, el exceso es un hecho que nace lícito y se convierte en ilícito por una cuestión de cantidad o proporción ... No obstante y a pesar del sentido tradicional del término, se denominó " excesos" a los hechos que ya eran delitos desde el momento mismo en que se comenzaban a cometer. Al natural reclamo de que se investigue que paso con cada uno de los secuestrados y se aplique la ley, se lo llamó " venganza " ... A la resignación frente a delitos atroces y aberrantes se la denominó " perdón ".....".

De ninguna manera se trato de excesos.

Por el contrario, se trato de un claro sistema represivo ( de un plan criminal, según lo denominó la Cámara Federal de la Capital Federal ), que fue concebido, planificado y conducido desde el Estado y ejecutado por las FF.AA. que institucionalmente subordinaron el conjunto de su accionar a las tareas de la represión.

2.- Durante los años del gobierno militar la represión en todas sus formas ( secuestro, tortura, detenciones ilegales, desapariciones ) junto a la miseria, marginalidad y la anulación de todos los derechos sociales se convirtieron en expresiones de un mismo proyecto de dominación.

Todo el accionar represivo estuvo orientado a facilitar la imposición de un modelo económico-social que permitiera destruir las bases económicas y sociales y construir un " nuevo país ". Así se procedió al exterminio de toda forma de organización política y social: las estructuras y los cuadros del movimiento obrero y de sus organizaciones sindicales; los centros de estudiantes universitarios y secundarios; los militantes de los partidos políticos populares; los intelectuales y las asociaciones de profesionales; los sectores comprometidos de la Iglesia y comunidades religiosas fueron barridas por constituir peligros reales o potenciales para la implantación de aquel proyecto.

La Doctrina de la Seguridad Nacional fue el marco y el soporte ideológico del desarrollo concreto del plan represivo.

Esta Doctrina fue introducida en las Academias Militares en la década del sesenta. Se usó antes en Argelia, Panamá y Brasil.

El centro de la Doctrina está puesto en la defensa de la " seguridad de la Nación ", que se encontraría amenazada permanentemente por la infiltración de elementos que buscarían la destrucción del " modo de vida democrático " y de nuestra " tradición occidental y cristiana ".

De este modo se desvía el eje de atención de la amenaza exterior al interior de la sociedad.

Las FF.AA. se convierten en la encarnación del Estado, la Soberanía y de la Patria misma. Actúan como árbitros de todos los conflictos y son los artífices de imponer y mantener EL ORDEN. La política se militariza procediéndose a la formulación de grandes objetivos nacionales, propuestos como metas a largo plazo.

Todo aquello que presente otros objetivos, son tomados como exponentes de la " subversión " o " enemigo interno " . Y así, toda oposición o disidencia política o ideológica al régimen es concebida como una forma de guerra permanente.

Este " estado de guerra " supone un " estado de emergencia " en el cual se fundamenta el otorgamiento de poderes especiales en los jurídico, en lo político, en lo social y en lo económico, siendo monopolizados y reprimiéndose ante la existencia del " enemigo interno " que es necesario neutralizar para preservar la esencia y la unidad Nacional. La prioridad del accionar estatal es la represión de toda actividad y de organizaciones sociales y políticas adversas.

A partir del 24 de marzo de 1976, el secuestro y la desaparición forzada de personas se convirtieron en el método privilegiado de detención de personas indefensas por razones políticas: se completa la Doctrina de la Seguridad Nacional y se crea la llamada " muerte argentina ": LA DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS, construyéndose un aparato clandestino que será en el que descansará el grueso de la tarea de la represión ( o "guerra sucia", o, "comisión de delitos aberrantes" ).

La clandestinidad de las acciones represivas, el secreto con que se las encubre, es el complemento en la acción del aparato represivo : se secuestran miles de personas , las mismas se convierten en desaparecidos ( como por arte de magia ) y los organismos oficiales niegan cualquier noticia sobre el destino de las víctimas.

Esta es la base de Terrorismo de Estado ; al secuestro, a la cárcel, y a la muerte se añadió la tortura generalizada de los prisioneros; la paralización de la sociedad por el terror, la censura en los medios de comunicación, la subordinación de la Justicia al Poder Militar, la negativa de los propios actos, la búsqueda sistemática de la confusión y la desinformación.

Con la creación de una estructura jerárquica que controlara y condujera el accionar represivo, se dio origen a las " zonas militares " y a los denominados "grupos de tareas ".

Esta estructura revestía el carácter de paralela, pero, interna, dentro de las FF.AA. ya que son las propias instituciones militares las que realizan las tareas " sucias " y son - en la mayoría de los casos - en los propios edificios militares donde se desarrolla el plan represivo (los denominados Centros de Detención Clandestina).

Por ello, el accionar represivo clandestino basado en el método del secuestro y la desaparición de miles de personas no hubiera sido posible sin contar con una desarrollada infraestructura y una logística que lo hiciera posible. Esto, junto a la impunidad del propio accionar, solo lo podían ofrecer las instituciones militares que brindaron sus instalaciones, sus móviles, el armamento, el personal, y la operatividad de las llamadas " zonas francas ".

La técnica del secuestro como procedimiento de detención significaba la impunidad absoluta del secuestrador y la indefensión total de la víctima. Que, por otro lado, con su habitual despliege de armas, violencia y saqueo de los domicilios particulares de las víctimas, resultó ser el mejor método para paralizar el accionar de los familiares y amigos.

Todas las denuncias sobre secuestros, detenciones ilegales, desapariciones, presentaban una aterradora similitud: siempre se siguen los mismos pasos; se repiten los mismos actos que tienen un mismo final. Y esto, constituye la prueba relevante de que no nos encontramos frente a hechos aislados, grupos incontrolados o meros excesos.

Estamos a la aplicación lisa y llana de un plan de exterminio. (NUNCA MAS Informe de la CONADEP ( EUDEBA, Edición Julio 1987).

3.- Una de las consecuencias mas importantes desde el punto de vista de la doctrina jurídica internacional, luego de la Segunda Guerra Mundial, fue la constitución de un Tribunal Militar Internacional que tendría a su cargo el juzgamiento de los crímenes cometidos por dicho conflicto armado. ( Acuerdo de Londres ).

Consideró al GENOCIDIO como una negación del derecho de existencia a grupos humanos enteros; Es un crimen de Derecho Internacional - sostuvo - que el mundo civilizado condena y por el cual los autores y sus cómplices deberán ser castigados, ya sean estos, individuos particulares, funcionarios públicos o estadistas y el crimen que haya cometido lo sea por razones religiosas, raciales, políticas o de cualquier otra naturaleza.

El genocidio es un delito internacional de la mayor gravedad: se produce con la realización de actos perpetrados para destruir parcial o totalmente a grupos humanos.

En nuestro país, las fuerzas de la represión contrapusieron su doctrina de la seguridad nacional a una doctrina determinada y se tomó como estereotipo la persecución al " marxismo-leninismo " para adjudicarle ese mote, en realidad, a todo oponente del régimen del año 1976.

Cabe destacar la patética analogía entre el mas grande genocidio de este siglo y el caso argentino, es decir, la Alemania nazi y el auto-denominado Proceso de Reorganización Nacional :"... en esta guerra hay vencedores y nosotros fuimos los vencedores y tenga la plena seguridad que si en la última Guerra Mundial hubiesen ganado las tropas del Reich, el juicio no se hubiera hecho en Nüremberg sino en Virginia ...........". ( Gral. Viola, 18-03-81, Diario Clarín ).

Tanto el régimen nazi como el argentino negaron el acceso a la protección jurídica a una determinada categoría de personas, descalificándolas : en 1993 se promulgaron leyes en Alemania donde, entre otras cosas, se negaba a los judíos su condición de alemanes.

El Gral. Videla decía el 18-12-77 : " ... Yo quiero significar que la ciudadanía argentina no es víctima de la represión. La represión es contra una minoría a quién no consideramos argentina " ( Diario La Prensa ).

Durante el genocidio de Alemania, el Ministro de Guerra de Turquía afirmaba: " Nos es difícil para hacer excepciones entre los dos millones de armenios discernir entre culpables e inocentes : suprimiéndolos a todos estaremos seguros de alcanzar a todos los culpables " ( Doc. 227 - Generalísimo. Emberg ).

Videla recalcaba el 24 de octubre de 1975 : " Si es preciso en la Argentina, deberán morir todas las personas necesarias para lograr la seguridad del país " ( Diario Clarín )

Todas las elaboraciones criminológicas sobre la teoría de la pena y la función resocializadora del Derecho Penal sucumbieron a tenor del razonamiento militar.

Tamañas privaciones de legalidad eran condición necesaria para la supervivencia del régimen: que, además, precisaban de la clandestinidad y el misterio para eludir la conciencia popular respecto a la dimensión de la represión.

En la Alemania nazi se sancionó el Decreto llamado " Noche y Niebla ", cuyo accionar consistía en : " detenciones secretas, de duración indeterminada, sin acusación, sin pruebas, sin interrogatorios y sin defensores; ningún Tribunal podía intervenir, ordenar una libertad o revisar medidas adoptadas.

La finalidad de este decreto es dejar a los familiares, amigos y conocidos del prisionero en la incertidumbre acerca de su paradero. Caso de producirse una defunción será no comunicada a sus parientes. "

La sentencia recaída en la causa contra los ex-comandantes, ratificada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, afirma : "... algunos de los procesados en su calidad de Comandantes en Jefe ordenaron una manera de luchar contra la subversión terrorista que básicamente consistía en: a) capturar a los sospechosos con tener vínculos con la subversión de acuerdo a los informes de inteligencia ; b) conducirlos a lugares situados en unidades militares o bajo su dependencia; c) interrogarlos bajo tormentos para obtener los mayores datos posibles acerca de la persona involucrada; d) someterlos a condiciones de vida inhumana para quebrar su resistencia moral; e) actuar en la clandestinidad para lo cual los secuestradores ocultaban su identidad, operaban frecuentemente de noche, mantenían incomunicado a la víctima, negando a cualquier autoridad, familiar o allegado el secuestro y el lugar de alojamiento; f) dar amplia libertad a los cuadros inferiores para determinar la suerte del aprehendido que podría ser luego, liberado, puesto a disposición del P.E.N., sometido a proceso militar o civil y/o eliminarlo físicamente...".

Como se podrá apreciar, el caso argentino, no es inédito : tomo las enseñanzas de atrocidades cometidas en casos anteriores. Quizás, como simple reflejo de emular practicas que en lejanas tierras sirvieron para eliminar la semilla de la resistencia popular. (Frase utilizada por el Dr. el Dr. Barcelo).

4.- En el mes de mayo de 1978 el diario La Prensa publicó una lista de los nombres de casi 3000 detenidos - desaparecidos en la Argentina.

Esta publicación fue pagada por los familiares de los desaparecidos y patrocinada por la Asamblea Permanente los Derechos Humanos (A.P.D.H.), el Movimiento Ecuménico de los Derechos Humanos (M.E.D.H.) y la Liga Argentina por los Derechos del Hombre.

Entre los nombres publicados figuran las 2508 personas que desaparecieron, según el aviso, luego de haber sido arrestadas en su trabajo, en sus hogares o en la vía pública, ostensiblemente por grupos armados que decían ser miembros de las FFAA o de Seguridad. Un total de 1318 son casos documentados.

La editorial del Diario HERALD del 22 de mayo de aquel año, con referencia a la lista publicada, decía : "... Durante más de dos años este diario ha persistido en su llamamiento al gobierno con el fin de que se realicen acciones tendentes a ayudar a las miles de personas que buscan a sus seres queridos desaparecidos. Mientras ese enorme problema humano permanezca intacto es imposible creer que los derechos humanos se respetan en este país. En muchos casos, después de dos años sin tener el menor indicio sobre el paradero de un hijo, hija marido o esposa desaparecidos, los familiares abandonan toda esperanza. Lo único que quieren saber es si la persona que buscan está viva o muerta. No es preguntar demasiado. No obstante, la repuesta es el silencio total, mientras que los recursos de Habeas Corpus interpuestos son rechazados, con el informe de que la víctima del secuestro no fue detenida por ninguna de las fuerzas de seguridad. Los familiares recorren un laberinto interminable de comisarías, bases militares, tribunales y oficinas gubernativas..... .En algunos casos, se realizaron intentos a través de los Tribunales de seguir una huella que sugería que la persona desaparecida podría estar detenida en algún establecimiento militar. Pero hasta ahora, todo intento de localizar a una persona desaparecida por medio de los procedimientos judiciales terminó en un callejón sin salida. ....".


Citar como: Ageitos, Stella Maris La Historia de la Impunidad - Argentina (1976/1989): Desde las Actas del Proceso a los Indultos de Menem... KO'AGA ROÑE'ETA se.x (1997) - http://www.derechos.net/koaga/ageitos/

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