Amnistia Internacional


                      REPUBLICA DE COREA 
                        (COREA DEL SUR)

Actualizacion de los informes sobre detenciones y malos tratos
relacionados con la Ley de Seguridad Nacional: Es necesaria una
reforma en materia de derechos humanos.



Marzo 1996                  RESUMEN  INDICE AI: ASA 25/09/96/s


                                               DISTR: SC/CO/GR


     En noviembre de 1995, Amnistia Internacional publico un
informe sobre sus motivos de preocupacion en materia de derechos
humanos referido a Corea del Sur titulado International Standards, law
and practice: the need for human rights reform (ASA 25/25/95). El
informe se centraba en las tres areas siguientes en las que Amnistia
Internacional cree que la proteccion de los derechos humanos es
inadecuada: 

   El uso de la Ley de Seguridad Nacional para encarcelar a
     personas por el ejercicio no violento de sus derechos a la libertad
     de expresion y asociacion.

   La necesidad de medidas practicas para proteger a los detenidos
de la tortura y los malos tratos.

   La falta de una reparacion efectiva para las victimas de violacion
de los derechos humanos.

     Desde la publicacion de ese informe, Amnistia Internacional ha
continuado documentando violaciones de derechos humanos en estas
areas de interes, algunas de las cuales se describen en este documento.
Estos ejemplos recientes refuerzan las anteriores recomendaciones de
Amnistia Internacional de que la Ley de Seguridad Nacional debe ser
reformada y de que se deben introducir mejores salvaguardas para
proteger a los detenidos de la tortura y los malos tratos. En las
recomendaciones tambien se destaca la necesidad de organizar un
sistema efectivo e independiente para investigar todos los informes de
violacion de los derechos humanos.

     A traves de este documento, Amnistia Internacional renueva su
llamamiento al gobierno de Corea del Sur para que haga de la
proteccion de los derechos humanos una prioridad e inicie una pronta
reforma de su legislacion y sus practicas con objeto de prevenir
ulteriores violaciones de esos derechos.

PALABRAS CLAVE: PRESOS DE CONCIENCIA1 / TORTURA/MALOS
TRATOS1 / DETENCION EN REGIMEN DE INCOMUNICACION /
AVANZADA EDAD / EMBARAZO / MUJERES / CENSURA /
PERSONALIDADES ACADEMICAS / ESTUDIANTES / MILITARES COMO
VICTIMAS / MUSICOS / EDITORES / ESPIONAJE / LEGISLACION /

     Este texto resume el documento titulado Republica de Corea
(Corea del Sur). Actualizacion de los informes sobre detenciones y
malos tratos relacionados con la Ley de Seguridad Nacional. Es
necesaria una reforma en materia de derechos humanos (Indice AI:
ASA 25/09/96/s), publicado por Amnistia Internacional en marzo de
1996. Quienes deseen mas informacion o emprender acciones en
relacion con este asunto deben consultar el documento completo.

         SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET,
LONDON WC1X8DJ, REINO UNIDO.
        TRADUCCION DE EDITORIAL AMNISTIA INTERNACIONAL,
ESPANA





                    Amnistia Internacional


REPUBLICA DE COREA
(COREA DEL SUR)

Actualizacion de los informes sobre detenciones y malos tratos
relacionados con la Ley de Seguridad Nacional: Es necesaria una
reforma en materia de derechos humanos.













Marzo de 1996
Indice AI: ASA 25/09/96/s
Distr: SC/CO/GR





         SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET,
LONDRES WC1X 8DJ, REINO UNIDO
        TRADUCCION DE EDITORIAL AMNISTIA INTERNACIONAL,
ESPANA

                      REPUBLICA DE COREA
                        (COREA DEL SUR)

Actualizacion de los informes sobre detenciones y malos tratos
relacionados con la Ley de Seguridad Nacional: Es necesaria una
reforma en materia de derechos humanos.


1)   Resumen de los motivos de preocupacion

     En noviembre de 1995, Amnistia Internacional publico un
informe sobre sus motivos de preocupacion en materia de derechos
humanos referido a Corea del Sur titulado International Standards, law
and practice: the need for human rights reform (ASA 25/25/95). El
informe se centraba en las tres areas siguientes en las que Amnistia
Internacional cree que la proteccion de los derechos humanos es
inadecuada: 

    El uso de la Ley de Seguridad Nacional para encarcelar a
     personas por el ejercicio no violento de sus derechos a la libertad
     de expresion y asociacion.

    La necesidad de medidas practicas para proteger a los detenidos
de la tortura y los malos tratos.

    La falta de una reparacion efectiva para las victimas de violacion
de los derechos humanos.

     En noviembre de 1.995, Amnistia Internacional presento ese
informe en las reuniones que mantuvo con diversas autoridades del
gobierno de Corea del Sur, las cuales dijeron que darian respuesta a
los asuntos planteados. En el momento de elaborarse este escrito no se
habia recibido respuesta oficial alguna.

     Desde la publicacion de ese informe, Amnistia Internacional ha
continuado documentando violaciones de derechos humanos en estas
areas de interes, algunas de las cuales se describen en este documento.
Estos ejemplos recientes refuerzan las anteriores recomendaciones de
Amnistia Internacional de que la Ley de Seguridad Nacional debe ser
reformada y de que se deben introducir mejores salvaguardas para
proteger a los detenidos de la tortura y los malos tratos. En las
recomendaciones tambien se destaca la necesidad de organizar un
sistema efectivo e independiente para investigar todos los informes de
violacion de los derechos humanos.

     Todos los gobiernos tienen la responsabilidad de proteger y
promover los derechos humanos. El gobierno de Corea del Sur ha
reconocido esta responsabilidad mediante la ratificacion de los
principales convenios sobre derechos humanos. Amnistia Internacional
considera que el gobierno de Corea del Sur debe asegurar, ademas,
que respeta los terminos de las normas internacionales que ha
ratificado. 

     A traves de este documento, Amnistia Internacional renueva su
llamamiento al gobierno de Corea del Sur para que haga de la
proteccion de los derechos humanos una prioridad e inicie una pronta
reforma de su legislacion y sus practicas con objeto de prevenir
ulteriores violaciones de esos derechos.


2)   La Ley de Seguridad Nacional

2.1. Resumen de los motivos de preocupacion

     La Ley de Seguridad Nacional de Corea del Sur estipula penas
de prision para quienes <<alaben>> y <<favorezcan>> a la Republica
Democratica Popular de Corea (Corea del Norte), por actividades
definidas vagamente como <<contrarias al Estado>>, por visitas no
autorizadas a Corea del Norte y por contactos no autorizados con
norcoreanos. En la practica, esta ley se ha utilizado frecuentemente
para encarcelar a personas por el ejercicio no violento de sus derechos
a la libertad de expresion y asociacion. En su informe de noviembre
de 1995, Amnistia Internacional denuncio que cientos de presos
politicos, entre ellos presos de conciencia, estaban en esa situacion
merced a la Ley de Seguridad Nacional. 

     La Ley de Seguridad Nacional se ha utilizado en contravencion
de las normas internacionales de derechos humanos relativas a la
libertad de expresion y asociacion. Entre ellas figura el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Politicos, que Corea del Sur ha
ratificado.

2.2. Nuevos arrestos en aplicacion de la Ley de Seguridad Nacional

     Desde noviembre de 1995 Amnistia Internacional ha
documentado decenas de arrestos mas en aplicacion de la Ley de
Seguridad Nacional por actividades no violentas. Durante un periodo
de dos meses y medio, desde mediados de noviembre de 1995 hasta
principios de febrero de 1996, la organizacion recibio informacion
acerca de al menos sesenta y siete detenciones en virtud de la Ley de
Seguridad Nacional principalmente al amparo del articulo 7, que
estipula hasta siete an~os de prision para quienes <<alaben>> y
<<favorezcan>> a Corea del Norte. Entre los arrestados habia
estudiantes, profesores de universidad, trabajadores, maestros y
activistas. Al menos cuatro de los presos eran mujeres, siete tenian
mas de setenta an~os y uno tenia ochenta y ocho.

     El 29 de noviembre de 1995, un total de 29 personas fueron
detenidas por su supuesta pertenencia a la Alianza de Toda la Nacion
para la Reunificacion de Corea (Pomminnyon). Entre esas personas
habia cinco hombres de mas de setenta an~os: Chon Chang-il (75),
Kim Byong-kwon (75), Kang Jae-woo (76), Kim Kwang-ryun (74) y
Lee Joong-rim (74). Tambien se presentaron cargos contra un hombre
de ochenta y ocho an~os, Shin Chang-kyun, pero fue excarcelado en
diciembre en espera de juicio. 

     A la mayoria de estos presos se los detuvo y se presentaron
cargos en su contra en aplicacion del articulo 7 de la Ley de Seguridad
Nacional por ser miembros de una organizacion que <<alaba>> a
Corea del Norte. Amnistia Internacional los considera presos de
conciencia, al haber sido encarcelados por el ejercicio no violento de
sus derechos a la libertad de expresion y asociacion. La Alianza de
Toda la Nacion para la Reunificacion de Corea se constituyo en 1990
y tiene sedes representativas en Japon, Europa y Corea del Norte.
Entre sus principales objetivos figuran la reunificacion de Corea, la
retirada de las tropas estadounidenses de Corea del Sur, la abolicion
de la Ley de Seguridad Nacional y la sustitucion del actual acuerdo de
armisticio por un tratado de paz. A causa de sus ideas, consideradas
proximas a las mantenidas por el gobierno norcoreano, a esta
organizacion se la ha definido como entidad que <<favorece>> a
Corea del Norte segun lo dispuesto en el articulo 7 de la Ley de
Seguridad Nacional.

     Chong Chang-il y Kim Byoung-kwon fueron acusados, ademas,
en aplicacion del articulo 4 de la Ley de Seguridad Nacional, de haber
suministrado <<secretos de Estado>> a un representante de la sede de
Pomminnyon en Tokio que las autoridades consideran que ha sido
<<agente>> de Corea del Norte, y de haber recibido dinero de el. Los
<<secretos de Estado>> en cuestion eran, segun parece, fotografias de
la manifestacion del Primero de Mayo en Seul y una declaracion de
prensa que Pomminnyon habia realizado solicitando que se permitiera
a los presos que llevaban mucho tiempo encarcelados que pudieran
visitar Corea del Norte. El dinero que se habia recibido de Tokio era,
segun Pomminnyon, el resultado de la recaudacion de fondos que la
organizacion habia realizado en Japon. Amnistia Internacional
considera que estos dos hombres deben ser liberados si el unico
motivo por el que se encuentran encarcelados son estas actividades,
que no son mas que el ejercicio pacifico de sus derechos a la libertad
de expresion y de asociacion.

     A principios de 1996 se practicaron decenas de detenciones.
Amnistia Internacional registro al menos treinta en aplicacion de la
Ley de Seguridad Nacional en enero y durante la primera semana de
febrero. Entre los detenidos habia cinco reclutas del ejercito, a quienes
se arresto el 30 de enero en aplicacion del articulo 7 de la Ley de
Seguridad Nacional. Lee Dong-bin, Ahn Chang-hyun, Jung Jong-kuk,
Jung Taek-sang y Park Jong-suh fueron acusados de pertenecer a la
Alianza para un Movimiento Estudiantil Democratico y Popular
(Minminkahryun). Los cinco aseguran que esta entidad era una
organizacion estudiantil que se disolvio en 1992. No esta claro para
Amnistia Internacional por que sus actividades actuales se han
considerado que violan las disposiciones de la Ley de Seguridad
Nacional.

     El 3 de febrero, la cantante Lee Eun-jin, de treinta an~os de
edad, y el editor Won Yong-ho, fueron arrestados en aplicacion del
articulo 7 de la Ley de Seguridad Nacional por publicar y difundir un
libro de canciones denominado <<La cancion de la esperanza>> al que
se califico de <<alabar>> y <<favorecer>> a Corea del Norte. El 8 de
febrero, Amnistia Internacional solicito su liberacion inmediata e
incondicional.

     Tambien el 3 de febrero de 1996 fueron arrestados nueve
miembros de la Liga de Trabajadores Socialistas (Sanomaeng) en
aplicacion del articulo 3 de la Ley de Seguridad Nacional por
pertenencia a una organizacion <<contraria al Estado>>. Entre los
detenidos estaban los profesores universitarios Yu Hyung-ok, Lee
Sang-yoon y Im Jong-won, y el licenciado Kwon Soon-mi. La Liga de
Trabajadores Socialistas se constituyo en 1990 y desde entonces
decenas de personas han sido arrestadas y encarceladas por su presunta
pertenencia a esa organizacion. Amnistia Internacional no ha
encontrado prueba alguna de que los afectados hayan instigado una
conspiracion violenta para derrocar al gobierno, como habian
denunciado las autoridades. Amnistia Internacional ha adoptado a
muchos de ellos como presos de conciencia.

2.3  Recomendaciones de Amnistia Internacional

-    Debe enmendarse la Ley de Seguridad Nacional de forma que las
     libertades de expresion y asociacion queden protegidas, de
     acuerdo con las normas internacionales relativas a los derechos
     humanos.

-    Todos los presos encarcelados por el ejercicio no violento de sus
     derechos a la libertad de expresion y asociacion deben ser
     liberados de forma inmediata e incondicional,
     independientemente de sus convicciones politicas.


3)   Tortura y malos tratos: No hay salvaguardias para proteger a los
     detenidos

3.1  Resumen de los motivos de preocupacion

     Amnistia Internacional ha recibido de forma habitual informes
segun los cuales a los detenidos se los priva con regularidad del
suen~o durante los prolongados periodos de interrogatorio a que son
sometidos, con frecuencia por la policia o la Agencia para la
Planificacion de la Seguridad Nacional (APSN). Tambien se han
recibido diversos informes sobre palizas. En su informe de 1995,
Amnistia Internacional solicito el cese de las torturas y de los malos
tratos. La organizacion manifesto que ciertas salvaguardias practicas,
como el acceso sin demora a un abogado, proporcionarian proteccion
contra los malos tratos, y expreso tambien su inquietud por el
prolongado periodo de detencion preventiva Äun maximo de 50 dias
en aplicacion de la Ley de Seguridad NacionalÄ previo a la
presentacion formal de cargos, que facilita la aplicacion de malos
tratos a los sospechosos para obtener de ellos confesiones. Como
Estado Parte de la Convencion de la ONU contra la Tortura y Otros
Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, Corea del Sur tiene
la responsabilidad de garantizar que se erradican la tortura y los malos
tratos en la practica.

3.2  Nuevos informes sobre malos tratos

     Desde noviembre de 1995, Amnistia Internacional ha seguido
recibiendo informes segun los cuales la policia, la Agencia para la
Planificacion de la Seguridad Nacional (el organismo surcoreano
encargado de los servicios de informacion) y el Comando de
Seguridad Militar (agencia de seguridad militar) someten a los
detenidos a malos tratos. Segun la informacion recibida, a varios
detenidos se les nego el acceso a sus abogados y familiares, y a varios
los tuvieron recluidos cincuenta dias antes de que se presentaran
cargos formales en su contra.

     De acuerdo con la informacion disponible, dos hombres
arrestados en noviembre de 1995 por la APSN fueron objeto de malos
tratos, se les nego el acceso a sus abogados y se los mantuvo recluidos
durante un prolongado periodo antes de presentararse cargos formales
en su contra. La APSN arresto el 15 de noviembre de 1995 a Park
Chung-ryun, de treinta y cinco an~os de edad, vicepresidente de la
Alianza Nacional para la Democracia y la Unificacion de Corea, y a
Kim Tae-Tyun, de treinta y dos an~os y presidente de la organizacion
juvenil Songnam. Durante los veinte dias que los agentes de la APSN
los tuvieron sometidos a interrogatorio se les privo de suen~o, los
amenazaron y los golpearon. Park Chung-ryun dijo a su abogado que
la mayor parte de los malos tratos se los habian infligido entre el 30
de noviembre y el 3 de diciembre, periodo durante el que se le habia
negado el acceso a asistencia letrada. Asimismo, manifesto que durante
ese tiempo agentes de la APSN lo trasladaron a diversos lugares de
Seul y lo golpearon en varias ocasiones. Park Chung-ryun dijo que en
ese periodo realizo una confesion falsa.

     Los dos hombres habian sido arrestados en un principio como
sospechosos de haber realizado actividades de <<espionaje>> para
Corea del Norte. Sin embargo, el cargo que se presento en su contra
el 4 de enero de 1996 en aplicacion del articulo 7 de la Ley de
Seguridad Nacional fue el de tenencia de material <<favorable>> a
Corea del Norte, cargo de menor gravedad. Antes de presentarse
cargos formales en su contra fueron interrogados durante un total de
cincuenta dias: los agentes de la APSN los interrogaron durante veinte
dias y los de la fiscalia durante treinta.

     Chun Chang-il y Kim Byong-kwon, ambos de setenta y cinco
an~os de edad (y cuyos casos ya se han citado anteriormente en el
apartado 2.2), fueron arrestados el 29 de noviembre de 1995 como
sospechosos de haber suministrado <<secretos de Estado>> a Corea
del Norte. Hasta que el 15 de enero de 1996, fecha en que se
presentaron cargos formales en su contra, habian estado sometidos a
interrogatorio un total de cuarenta y siete dias.

     Segun los informes, a los nueve presuntos miembros de
Sanomaneg arrestados por la Administracion de Policia de Seul el 3
de febrero de 1996 (caso ya descrito en el apartado 2.2) se les nego el
acceso a sus abogados de oficio el dia de su arresto. Segun parece, dos
abogados acudieron a la comisaria de policia a las cuatro de la tarde
y estuvieron esperando hasta las ocho, pero no se les permitio ver a
los detenidos.

     De acuerdo con la informacion disponible, los cinco reclutas del
ejercito arrestados en enero por el Comando de Seguridad Militar
(cuyo caso se ha descrito en el apartado 2.2), fueron interrogados
durante veinte horas cada dia entre el 30 de enero y el 6 de febrero,
y no se les permitio dormir mas que tres o cuatro horas cada noche.
Asimismo, tampoco se les permitio recibir la visita de sus familiares.
Al parecer, a uno de estos presos, Lee Dong-bin, se le nego mientras
estaba detenido la atencion medica que precisaba a pesar de que antes
de su arresto habia estado recibiendo tratamiento medico a causa de
una grave dolencia en la espalda.

     Koh Ae-soon fue arrestada el 4 de diciembre en aplicacion de la
Ley de Seguridad Nacional. Aunque en aquellos momentos se
encontraba embarazada de ocho meses no la examino ningun medico
durante los cincuenta dias que duro su arresto, ni siquiera a pesar de
sus quejas a las autoridades de la Prision de Kwangju de que no se
encontraba bien. Koh Ae-soon quedo en libertad el 31 de enero e
ingreso en un hospital. Su hijo nacio muerto el 5 de febrero.

3.3  Recomendaciones de Amnistia Internacional

-    La tortura y los malos tratos estan prohibidos en aplicacion tanto
     de la legislacion de Corea del Sur como de la legislacion
     internacional. Como Estado Parte de la Convencion contra la
     Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o
     Degradantes, Corea del Sur tiene la responsabilidad de garantizar
     que la tortura y los malos tratos se erradican en la practica.

-    Deben enmendarse las disposiciones legales que permiten la
     privacion de libertad de los sospechosos durante periodos de
     cincuenta dias antes de la presentacion de cargos formales. Los
     sospechosos de haber cometido algun delito deben ser acusados
     formalmente de ello sin demora o, de lo contrario, deben ser
     puestos en libertad.

-    Segun la experiencia de Amnistia Internacional, el acceso pronto
     y habitual a los abogados constituye una importante salvaguardia
     para la proteccion de los derechos de los detenidos. A todos los
     detenidos se les debe garantizar el acceso sin demora y de forma
     habitual a abogados, familiares y a atencion medica
     independiente.

-    El gobierno debe asegurarse de que todo el personal encargado
     de hacer cumplir la ley recibe la formacion adecuada relativa a
     las normas tanto nacionales como internacionales en materia de
     derechos humanos. Ese adiestramiento debe incluir informacion
     sobre las responsabilidades de Corea del Sur en virtud de la
     Convencion de la ONU contra la Tortura y Otros Tratos o Penas
     Crueles, Inhumanos o Degradantes.


4)   Investigacion de los informes sobre pasadas y presentes
     violaciones de los derechos humanos

4.1  Resumen de los motivos de preocupacion

     La legislacion surcoreana establece que los responsables de
violaciones de los derechos humanos deben ser procesados y que a las
victimas se las debe compensar. En la practica, sin embargo, la
mayoria de las investigaciones que se realizan son inadecuadas y la
mayor parte de las victimas quedan sin compensacion alguna.

     En Corea del Sur no hay una entidad independiente encargada de
la investigacion de las violaciones de los derechos humanos. Las
autoridades fiscales solo investigan las denuncias formales, su actitud
es renuente a emprender acciones al respecto y, cuando se deciden a
realizarlas, son muy lentas y se saldan con escasos procesamientos. En
unos pocos casos se ha procesado a agentes de la ley y se ha
compensado a las victimas, pero se trata de casos excepcionales. Las
victimas de abusos y sus familiares han informado a Amnistia
Internacional que su confianza es minima en un sistema que rara vez
hace justicia.

     A principios de 1996, dos ex presidentes del pais y varias
autoridades gubernamentales mas fueron procesados por su implicacion
en una serie de sucesos ocurridos entre 1979 y 1980, entre ellos el
homicidio de civiles inermes en Kwangju en mayo de 1980. Amnistia
Internacional cree que la investigacion sobre este incidente suscito
cuestiones adicionales de importancia sobre pasadas violaciones de los
derechos humanos. La organizacion ha instado a las autoridades a que
se aseguren de que las victimas de todas las violaciones de esos
derechos que se han cometido en el pasado reciben una compensacion
legal efectiva.

     Entre otras victimas de pasadas violaciones de derechos humanos
se puede citar a varias decenas de presos politicos que segun se cree
fueron injustamente condenados durante anteriores gobiernos en los
an~os setenta y ochenta. Es muy generalizada la creencia de que a
estos presos, sentenciados a prolongadas penas de prision en aplicacion
de la Ley de Seguridad Nacional, se los declaro culpables basandose
unicamente en las confesiones que se les extrajeron mediante tortura.
Ellos tambien tienen derecho a que se les haga justicia.

4.2  Recomendaciones de Amnistia Internacional

-    Un organismo independiente debe investigar todos los informes
     sobre torturas, malos tratos y juicios injustos presentes y
     pasados. Toda persona hallada responsable de infligir torturas y
     malos tratos debe ser procesada. Las victimas deben recibir
     compensaciones justas y adecuadas.