Marzo de 1996 RESUMEN Índice AI: AMR 49/07/96/s
DISTR: SC/CO/GR
Antecedentes
Myra Bhagwansingh, de 45 años de edad, madre de cuatro hijos, fue condenada el 28 de febrero de 1996 a doce años de cárcel y a un castigo adicional de 10 latigazos con el «gato de nueve colas» (nueve tiras anudadas de cuero sin curtir fijadas a un mango). Se trata de la primera mujer condenada a un castigo corporal en Trinidad y Tobago. Fue declarada culpable de haber arrojado ácido a Raffick Mohammed y haberle causado lesiones graves. Según el periódico Trinidad Guardian, el incidente tuvo lugar en la tienda de ropa de Mohammed el 29 de agosto de 1991. Al parecer, Myra Bhagwansingh había llamado a Raffick Mohammed a la tienda para saldar un conflicto y le dijo «Toma esto» mientras le arrojaba ácido a la cara. Al tratar de huir, Mohammed cayó y, supuestamente, ella le arrojó más ácido en la espalda. Según el diario, Mohammed tuvo que recibir injertos de piel durante dos años y sufre ciertas minusvalías permanentes.
No hay acuerdo sobre si las leyes de Trinidad y Tobago permiten que se azote a una mujer. La Sección 2 de la Ley de Castigos Corporales (Delincuentes de más de dieciséis años), de 1953, dispone que todo varón de más de dieciséis años de edad declarado culpable de delitos violentos, uso de fluidos corrosivos o substancias explosivas, violación, robo con violencia o con agravantes, puede ser condenado a azotes además de cualquier otra pena que le corresponda. Antes de que se dictara sentencia, se consultó a los abogados de Myra Bhagwansingh y ellos estuvieron de acuerdo en que ninguna ley impedía la condena de una mujer a azotes. Sin embargo, una de las abogadas indicó al Trinidad Guardian que en ese momento no había comprobado este extremo y que, tras consultar el texto legal, estaba segura de que el juez no tenía atribuciones para dictar esa sentencia. Esta abogada ha interpuesto recurso contra la sentencia y la pena. Por otra parte, un profesor y antiguo fiscal también ha declarado que la ley de Castigos Corporales era clara e inequívoca, y que se refería exclusivamente a delincuentes varones. Según la prensa, un abogado que representó a Myra Bhagwansingh en las diligencias preliminares también manifestó que esta ley va dirigida a delincuentes varones y que, en su opinión, la sentencia del juez era errónea. No obstante, el fiscal del caso insistió en que nada contenido en el texto legal se opone a que se condene a una mujer a ser azotada. Esta opinión contó con el apoyo de otros letrados.
Esta primera condena de una mujer a castigo corporal ha puesto a las autoridades penitenciarias en una difícil situación. Todos los funcionarios adiestrados para administrar los azotes son varones y el recluso ha de ser desnudado por completo. Según un artículo aparecido en la prensa, un funcionario de prisiones ha declarado que cabe temer que los derechos humanos de una mujer quedarían violados si tuviera que sufrir el castigo ante funcionarios varones. También ha señalado que toman con gran seriedad quién trata con las mujeres reclusas, y que por tanto no saben cómo solucionar este caso. Asímismo manifestó sentirse preocupado por la forma en que una mujer podría resistir los azotes, a los que describió como «algo que haría berrear a hombres hechos y derechos».
La pena de azotes se impone a varones en Trinidad y Tobago de forma ordinaria y también como forma de disciplina carcelaria. Puede ser administrada solamente una vez por el mismo delito y no puede pasar de 20 azotes. Debe cumplirse tan pronto como sea posible y prescribe a los seis meses. En algunos casos el juez puede condenar a azotes con una rama de tamarindo o abedul. Sólo el presidente del país y los tribunales pueden revocar una pena de azotes.
Casi todas las condenas se ejecutan en la prisión de máxima seguridad de la isla de Carrera, en una «sala de azotes» especial. Se coloca al condenado desnudo boca abajo y esposado en un banco ajustable. Nunca sabrá quién le ha azotado, ya que mira hacia abajo o el verdugo va enmascarado. Se hallan presentes muchas personas, entre las que figuran el médico de la cárcel, el enfermero, el director del centro penitenciario, y varios altos funcionarios. El médico debe comprobar el ritmo de pulsaciones y respiraciones del condenado, su presión sanguínea y otros indicadores antes y después de los azotes. Puede interrumpir el castigo si considera que el condenado no está en condiciones de resistir el castigo.
Amnistía Internacional cree que el castigo corporal constituye un trato cruel, inhumano o degradante y que, como tal, contraviene una serie de normas internacionales de derechos humanos. Amnistía Internacional cree que el castigo corporal no cumple ningún fin penal justificable y embrutece a todos los que intervienen en el proceso.
Normas internacionales
La aplicación de castigo corporal contraviene toda una serie de normas internacionales relativas a los derechos humanos: